CDMX. -El 22 de julio, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, presentó ante la Comisión Permanente una iniciativa para expedir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Feminicidio.
Según la iniciativa de ley, todo fallecimiento violento de una mujer deberá ser investigado bajo la perspectiva de género y sobre la hipótesis de haber sido un feminicidio.
Una víctima de feminicidio será considerada si se presentan indicios de violencia sexual; esto puede incluir: ahorcamiento, estrangulamiento, sofocación, ahogamiento, mutilación, desmembramiento, ataques con ácido, sustancias químicas, corrosivas, inflamables o si se realizan actos de necrofilia.
La Fiscalía General de la República y las fiscalías o procuradurías locales deberán incluir unidades especializadas para el conocimiento, la investigación y persecución del delito de feminicidio.
El acto de investigar no se limitará a casos de homicidio, sino que también se establecerá como feminicidio los delitos de desaparición o incomunicación forzada.
‘El Ministerio Público iniciará de manera inmediata la investigación del delito de feminicidio a partir de que tenga conocimiento del hecho, por lo que deberá realizar sin dilación alguna todos los actos de investigación urgentes y necesarios, conforme a los principios de oportunidad, exhaustividad, inmediatez y debida diligencia’ estableció la iniciativa de la presidenta de México.









