La titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, María Isabel Bernal Hernández, ha confirmado que mientras no exista una sentencia firme en su contra en el Caso Ayotzinapa, el gobierno federal no puede realizar “declaraciones de manera verbal, escritas y a través de diversas redes sociales” contra Tomás Zerón de Lucio, exdirector de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), en las que se le señale como “torturador” y autor de la “verdad histórica”. Esta decisión se enmarca en un juicio de amparo que Zerón de Lucio presentó contra el subsecretario de Derechos Humanos, Alejandro Encinas Rodríguez, por los señalamientos en sitios oficiales que lo acusan de ser un torturador y responsable de la “verdad histórica”.
La jueza destacó que el Estado tiene la obligación de tratar con dignidad al imputado y que ni la policía ni los medios de comunicación pueden calificar a alguien como culpable sin una sentencia que lo declare como tal, para respetar su derecho al honor e imagen. La Constitución garantiza una serie de derechos fundamentales a Zerón para asegurar un juicio justo en su contra, y estas garantías se ven comprometidas cuando las autoridades encargadas de investigar el delito emiten declaraciones públicas que lo señalan como culpable antes de una sentencia firme.
Hasta el momento, no se ha confirmado la culpabilidad de Zerón en el caso, por lo que la jueza enfatiza que señalar a alguien sin pruebas fehacientes de su responsabilidad penal viola el derecho fundamental de presunción de inocencia.
Sin embargo, la jueza negó a Tomás Zerón la suspensión definitiva para que Alejandro Encinas Rodríguez y diversas autoridades eliminen de las páginas oficiales, como Facebook, X, Instagram y YouTube, cualquier publicación que lo identifique como responsable de la “verdad histórica” y como torturador en el caso Ayotzinapa.