El Instituto Nacional Electoral (INE) ha salido al paso de la controversia generada por los requerimientos de información realizados a periodistas y reporteros, subrayando que dichas acciones no deben ser interpretadas como casos de censura. En respuesta a las críticas de diversos profesionales de los medios a quienes se les ha solicitado información, el INE aclara que estos procedimientos forman parte de la sustanciación de los procedimientos especiales sancionadores, una tarea legal asignada a la Sala Especializada del Tribunal Electoral.
Explican que, al recibir una queja, el INE está obligado a llevar a cabo diligencias, incluyendo requerimientos de información que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral debe notificar a las partes involucradas. Esto se realiza como parte de una investigación preliminar, conforme al Reglamento de Quejas y Denuncias, con el objetivo de esclarecer los hechos denunciados y determinar si la queja se admite o se desecha según lo establecido por la ley.
Estos requerimientos son notificados en un plazo de 24 horas después de que se dicta el acuerdo y los plazos de respuesta son breves, especialmente durante períodos electorales, ya que se busca una pronta integración de los elementos necesarios para dictar medidas cautelares.
El INE destaca que, a pesar de la aparente incomodidad que puedan generar, estos requerimientos no deben interpretarse como censura previa ni como un obstáculo para la función periodística o una amenaza a la libertad de expresión. Insisten en que su único propósito es la debida integración de un expediente en el contexto de la investigación preliminar. Con esta explicación, el INE busca aclarar su postura y desvincular estos procedimientos de cualquier intención de limitar la libertad de prensa.