El Senado de la República aprobó una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que endurece significativamente las penas para quienes utilicen, fabriquen o transporten artefactos explosivos improvisados, conocidos como bombas caseras. Esta medida fue votada en el último día del periodo ordinario de sesiones y ha sido enviada al Ejecutivo federal para su promulgación.
De acuerdo con el nuevo marco legal, las personas que fabriquen, posean, porten, comercialicen o usen este tipo de explosivos podrán enfrentar penas de 15 a 30 años de prisión, además de multas de hasta mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Si se demuestra que el artefacto fue empleado con fines relacionados a la delincuencia organizada, la condena se incrementará hasta en dos terceras partes.
La reforma también prohíbe expresamente el uso de aditamentos tecnológicos como visores nocturnos, miras térmicas y designadores láser en actividades delictivas, a excepción de su uso en prácticas legales como la caza o el tiro deportivo. Asimismo, se establecen penas de tres a seis años de cárcel y multas de hasta doscientas veces la UMA para quienes alteren, borren o modifiquen datos de identificación en armas de fuego, como números de serie o lugar de fabricación.
Estas nuevas disposiciones buscan cerrar espacios legales utilizados por grupos criminales para el uso de armamento no convencional y fortalecer las capacidades del Estado para sancionar estas conductas de forma más efectiva. La aprobación de esta reforma responde a un creciente uso de explosivos improvisados por parte de organizaciones delictivas, lo que ha elevado el riesgo para fuerzas de seguridad y población civil. Con esta nueva legislación, las autoridades buscan mandar un mensaje claro de cero tolerancia a la utilización de armas modificadas y explosivos en actividades ilícitas.









