La IEEPA no autoriza al presidente a imponer aranceles, ya que se podría tomar como un abuso de autoridad.
CIUDAD DE MÉXICO. – La Corte Suprema de Estados Unidos echó para atrás la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA), una decisión que pone punto final a parte de los aranceles que impuso Donald Trump a distintos países, incluido México.
La resolución, aprobada con seis votos a favor y tres en contra, determinó que la IEEPA no autoriza al presidente a imponer aranceles, ya que esto podría tomarse como un abuso de autoridad.
“El gobierno reconoce que el presidente no posee autoridad inherente para imponer aranceles en tiempos de paz. En cambio, se apoya exclusivamente en la IEEPA para defender los aranceles impugnados. Interpreta las palabras ‘regular’ e ‘importación’ como una delegación amplia del poder del Congreso para definir la política arancelaria”, sostiene la resolución.
La Corte señaló que el gobierno de Donald Trump cayó en la interpretación de “textos legales ambiguos” para aplicar los aranceles, al tratar de ampliar el alcance de una ley pensada originalmente para atender emergencias económicas, no para definir política arancelaria de manera unilateral.
“El gobierno interpreta la IEEPA como si otorgara al presidente la facultad de imponer unilateralmente aranceles sin restricciones y modificarlos a voluntad. Esa visión representaría una expansión transformadora de la autoridad presidencial sobre la política arancelaria.
También resulta revelador que, en el medio siglo de existencia de la IEEPA, ningún presidente haya invocado ese estatuto para imponer aranceles, y mucho menos aranceles de esta magnitud y alcance”, sostiene.
Esa “falta de precedente histórico”, sumada a la amplitud de la autoridad ahora reclamada, sostienen que los aranceles exceden el “alcance legítimo” del presidente, sostuvo la Corte.
Incluso, señaló que no es justificable que Trump haya usado el argumento de atender dos amenazas extranjeras, la entrada de drogas ilegales provenientes de Canadá, México y China; y los déficits comerciales “grandes y persistentes”.









